En razón de lo cual, esta Sentenciadora, tomando como base la norma transcrita, concluye que el presente proceso de Cobro de Bolívares Proveniente de Accidente de Tránsito, interpuesto por el ciudadano JACINTO ALFONSO ORTEGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.475.243, contra el ciudadano SILVIO JOSÉ LABRADOR AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° 4.093.973, debe declararse EXTINGUIDO, por la no comparecencia de las partes a la Audiencia Oral, lo cual era su deber, dado que les fueron otorgadas todas las garantías de Ley, para que dicho acto se llevara a efecto por ante este Tribunal en el día y hora fijados, y así se decide.