PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana ERIKA DEL VALLE CARRERO AYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V- 16.983.519, domiciliada en Las Margaritas, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano RENNY WLADIMIR VIVAS RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.304.048, domiciliado en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira y hábil, en su carácter de padre del niño (identidad omitida por disposición de la LOPNA).-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para el niño (identidad omitida por disposición de la LOPNA), la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los primeros cinco días de cada mes y ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezu.....