En este estado este Tribunal Sexto de Sustanciación Mediación y Ejecución visto el acuerdo al cual llegaron las partes Homologa el mismo en los términos planteados y se otorgar efecto de cosa juzgada, por lo cual se ordenará el cierre y archivo del expediente transcurrido cinco días a partir de la presente fecha, ello a los fines de que el trabajador haga efectivo el referido cheque. Por ultimo se entrega en este acto pruebas y elementos probatorios consignados por la partes en la apertura de la presente audiencia.