Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana DAICELYS CAROLINA QUIJADA PACHECO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.726.982, asistida por el abogado ANDRES JOSE CARDONA ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°210.787, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-