Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos JULIO DOMINGO BOLIVAR y HELEN CASTILLO, presentados por la ciudadana: JOSEFA MILLAN DE NAVARRO, en las cuales manifestaron que la ciudadana JOSEFA MILLAN DE NAVARRO, es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano que en vida respondiera al nombre de ANTONIO JOSE MILLAN, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante.-