En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal Laboral del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Pedro David Contreras Guerrero y Ramón Olivo Zambrano Carrero, en contra del HOSPITAL CENTRAL DE SAN CRISTOBAL, JUNTA REGIONAL DE ATENCION MEDICA, MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en la persona de su Director, ciudadano Rafael Antonio Sánchez Quintero, por cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a los ciudadanos PEDRO DAVID CONTRERAS GUERRERO y RAMÓN OLIVO ZAMBRANO CARRERO, la cantidad de la cantidad ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.11.479.800,00) para el trabajador PEDRO DAVID CONTRERAS GUERRERO y para el ciudadano RAMÓN OLIVO ZAMBRANO CARRERO la cantidad de ONCE MILLONES .....