Ley DECLARA CON LUGAR, la incidencia intentada por los ciudadanos: JOSE CONCEPCION BECERRA RAMIREZ y NANCY BEATRIZ BECERRA CHAVEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 153.936 y 12.228.576 de este domicilio, parte demandante, contra el ciudadano JORGE ENRIQUE ORTEGA ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.229.816 y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: hacer entrega del inmueble consistente en una casa-quinta, ubicado en la avenida Ferrero Tamayo, N° 0-290, Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal Estado Táchira,
SEGUNDO: pagar a la parte demandante la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.300,oo), que comprende los cánones de arrendamiento desde septiembre del 2008 hasta el mes de marzo del 2009, a razón de NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs.900,oo) cada mes y los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble.