Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 18 de abril de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual el adolescente (OMITIDO SEGÚN EL ARTICULO 545 DE LA L.O.P.N.N.A.), fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO y TRES (03) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y, simultáneamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 ejusdem; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal; PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en los artículos 276 y 277 ejusdem en concordancia con los artículos 9 y 10 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Có.....