DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCION DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE POR UNANIMIDAD al acusado de JORGE ELEAZAR CARDENAS venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira Nacido en fecha, 25-05-1951, titular de la cedula de identidad Nº V-3.998.104, soltero residenciado en el Barrio 23 de Enero, parte baja, el cambio , casa Nº 1-119, de la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31m, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 46,numeral 6, de la Ley Orgánica sobre el trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: CONDENA al acusado JORGE ELEAZAR CARDENAS, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, así .....