ÚNICO: Declara INADMISIBLES las apelaciones contra la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de diciembre de 2010 por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, interpuestas por el abogado Jesús Neptalí Escalante con el carácter de coapoderado judicial de la demandada Corporación Hermanos Peñaloza Pérez C. A. (CORPHPPCA), mediante diligencias de fechas 18 de febrero de 2011 y 17 de mayo de 2011; por el abogado Pedro Pablo Ramírez Jaimes en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en diligencia del 28 de febrero de 2011, y por el abogado Pedro Agustín Rueda Gil, quien manifestó actuar como apoderado judicial de los codemandados José Javier Suárez Guerrero y Martha Elena Morales Jáuregui, mediante escrito de fecha 16 de mayo de 2011.