"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, Supra-identificado, conforme al Decreto dictado por el Tribunal de la Causa, y a solicitud del Abogado HENRY JOSE PARRA SANCHEZ, ya identificado, en su condición de Endosatario en Procuración del ciudadano JUAN CARLOS GOMEZ MONTOYA, Parte Demandante, DECLARA LEGALMENTE EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el bien mueble referido al vehículo señalado por la Parte Actora, suficientemente descrito e identificado por el Perito en su informe, y el cual se da aquí por reproducido, y conforme a lo estatuido en el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA consumada la desposesión jurídica del mismo y se hace entrega del referido bien mueble al ciudadano RICHAR PAUL GUILLEN GARCIA, ya identificado, en su condición de Depositario Provisional, quien estando presente lo recibe conforme en la condiciones expresadas por el Perito en la presente acta..."