EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha catorce (14) de diciembre de 2015 por el apoderado de la parte actora, abogado Carlos Augusto Contreras Chacón, contra el auto de fecha ocho (08) de diciembre de 2015 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha ocho (08) de diciembre de 2015 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que negó la prórroga del lapso de pruebas. TERCERO: SE ORDENA al a quo prorrogar el lapso de pruebas por diez (10) días de despacho, con el fin de que las partes puedan evacuar tanto la inspección judicial como los testigos promovidos dentro del lapso .....