En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada, declarando terminado el proceso en contra de las prenombradas empresas.