El Juzgado Superior 3º en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Orlando Alirio Carrillo Vega, contra el ciudadano HERNAN CARVAJALINO DUQUE y DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial a quien le corresponda previa distribución. Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil que se encuentre en funciones de distribuidor. Líbrese oficio.