De conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Desalojo fue incoada por la ciudadana ANA ROSA GALVIS HERNANDEZ, en su condición de La Arrendadora, en contra de la ciudadana YOLANDA LEON GALVIS, como La Arrendataria, ambas partes suficiente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se Ordena a la Parte Demandada, ciudadana YOLANDA LEON GALVIS, hacer entrega a la Parte Demandante ANA ROSA GALVIS HERNANDEZ, el inmueble que ocupa como inquilina, consistente en un pequeño local para uso comercial, ubicado en la avenida Venezuela entre calles 8 y 9, No.8-39, Barrio Ocumare, de la ciudad .....