SE DECLARÓ La inadmisibilidad de la oferta real de pago interpuesta por el abogado José Luis Rosas, con cédula de identidad n° 12.816.456, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSORCIO ISVEN, C.A, a favor del ciudadano Daniel Alexander Rampira Serna, con cédula de identidad n° 17.645.409, por pago de prestaciones sociales y la perención del proceso.