ACUERDA: otorgar el Régimen de Visitas al ciudadano: MILTON VASQUEZ SUAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E.-81.820.984, el cual deberá ejecutarlo progresivamente, con visitas a su hijo: CARLOS ARTURO en lugares neutrales como el Colegio o en otros donde éste realice actividades complementarias, siempre y cuando no interrumpa tales actividades al mismo; igualmente se acuerda que el ciudadano: MILTON VASQUEZ SUAREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 386 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente efectúe: comunicaciones telefónicas, telegráficas, epistolares y computarizadas con su hijo, pudiéndose ampliar el contacto directo entre ambos una vez conste en el procedimiento la restitución de la armonía de la relación entre el núcleo familiar. Así mismo se ordena tratamiento psiquiátrico al niño: CARLOS ARTURO VASQUEZ por ante el Equipo Multidisciplinario de ésta Sala de Juicio, así como tratamiento y orientación psico.....