REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que le fuera impuesta al ciudadano WLADIMIR JOSÉ DELGADO, arriba identificado, en fecha 26 de Septiembre de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, establecida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 262, ordinal 3° ejusdem, en virtud de su incomparecencia a este Tribunal sin motivo justificado para la celebración de la audiencia a los fines de que manifieste si desea ser juzgado por un Tribunal Mixto o Unipersonal, ello en atención a la sentencia N° 2684, de fecha 12-08-2005, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y el incumplimiento de la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad que le fuera impuesta y en su lugar DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del referido ciuda.....