DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARCIA SOBEIRA RENDÓN DE SIERRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.226.853 y de este domicilio contra la ciudadana ELIZABETH RODRIGUEZ, titular de la cédula N° V-4.629.636 y de este domicilio y SIN LUGAR la reconvención intentada por la ciudadana ELIZABETH RODRIGUEZ, titular de la cédula N° V-4.629.636 y de este domicilio contra la ciudadana MARCIA SOBEIRA RENDÓN DE SIERRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.226.853 y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte demandante las mejoras objeto del presente litigio consistente en parte de una casa la cual consta de: una habitación, sala, cocina, comedor y baño, con entrada independiente, ubicado en la calle 4, con Pasaje Mucurita, N° 12-57 ahora 12-51, sector La Guacara, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira......