MODIFICA la decisión dictada en fecha 04/09/2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano FERRER MEJIAS KENNYS MIGUEL, titular de la cédula de identidad Nº 20.777.438 y en su lugar se IMPONE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA prevista en el numeral 3 del artículo del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada treinta (30) días, por un lapso de ocho (08) meses, tal como lo establece el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlo incurso en la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana NAOMIS GOMEZ.