DECIDE
PRIMERO: Admite totalmente las acusaciones que presentara en esta audiencia las ciudadanas Abogadas ISOL ABIMILEC DELGADO Y LILIANA ZAMBRANO RAMIREZ, en su carácter de Fiscales 17º y 19º del Ministerio Público, Especializadas en Materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por la comisión de los delitos ROBO ARREBATON, previsto en el único aparte del artículo 458, ROBO previsto en el artículo 457, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 278, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el artículo 219, HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUTRACION, previsto en el artículo 409 ordinal 2º, todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos BETRIZ ELISA MOLINA, KAREN LENDENWIG MENDOZA, INGRI ESPERANZA DIAZ de ALIENDRES, MIGUEL ANGEL RAMIREZ CASTELLANOS Y DEL ESTADO VENEZOLANO Y EL ORDEN PUBLICO, en las causas acumuladas Nº JM-083/2003, JU-170/02, JU-132/02, JU-325/03, JU-383/03, JU-413/03.
SEGUNDO: Decl.....