Se declaró la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano LEYNS ENRIQUE RAMIREZ RODRIGUEZ, identificado con la cédula N° V-12.517.270, contra la empresa TRANSPORTE RUTISCARGA 2010 C.A., en su carácter de integrante del grupo económico conformado con COMERCIALIZADORA RUSTICATIA C.A., en la persona de su presidente LEONEL DIAS AGUIAR, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de los conceptos demandados