Primero: Declara sin lugar, el Recurso de Revisión, establecido en el artículo 611 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, solicitado por el Defensor Privado Abogado Henner Alberto Perozo Petit; en virtud que no se aplica en la causa penal Nro. E-3241-12; en tal sentido, insta a la Defensa, que revise el contenido de la doctrina, y las normas adjetivas penales; con el objeto que no confunda las diversas instituciones procesales.
Segundo: Declara Improcedente, la aplicación de Medidas Cautelares, previstas en el artículo 573 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños y Adolescentes, por cuanto no son ajustables a la presente fase de ejecución.
Tercero: Revisa la sanción privativa de libertad, en consecuencia, mantiene con todos sus efectos la misma, la cual fue impuesta, por el lapso de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes al adolescente.....