Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio: JUAN MARTINS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.080, en su condición de apoderado judicial del ciudadano LUIS RAMÓN SOLÓRZANO RUÍZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.572.984, parte actora en este proceso, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha dos (2) de octubre de 2018, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada, mediante la cual declaró Inadmisible la Querella Interdictal Restitutoria, interpuesta por el ciudadano LUIS RAMÓN SOLÓRZANO RUÍZ contra la ciudadana KARINA DEL CARMEN JIMÉNEZ HERN.....