Seguidamente el Tribunal ordena al Notificado la suspensión temporal de los efectos de la providencia Administrativa N° 233-2005 de fecha 21 de Septiembre de 2005 emanada de la Inspectoria del Trabajo Cipriano Castro San Cristóbal Estado Táchira, a tal efecto se acuerda expedir copia certificada de la presente acta así como de la decisión del Juzgado Comitente de fecha 20 de diciembre de 2005 que decretó al AMPARO CAUTELAR y acordó la suspensión temporal ordenada en este acto, a los fines de que las mismas sean agregadas al expediente signado con el N° 056-2005-01-00309.