Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al artículo 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 390 ibídem, DECLARA CON LUGAR la acción de Restitución de Guarda sobre el niño YOSSE ABRAHAN CABRERA RODRIGUEZ, de un (01) año de edad incoada por la ciudadana ROSELIS RODRIGUEZ BELLO, en contra del ciudadano ABRAAN CABRERA, a quien SE CONMINA para que restituya a la madre en la custodia y vigilancia sobre su hijo, de manera inmediata, de conformidad con el artículo 390 ibídem.
Regístrese y publíquese la presente sentencia; extiéndasele a las partes copias certificadas del fallo. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Pro.....