PARTICULAR PRIMERO: Con lugar, el aumento de Obligación Manutención; realizado por la ciudadana Luzdary Pineda Velasco, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.779.050, contra el ciudadano David Zambrano Carrero venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.903.364 quedando la Obligación de Manutención para su hija de 11 años de edad; en la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,oo) mensuales. Y para agosto de útiles escolares y uniformes escolares del año 2017, el padre tiene que comprar el 50% de los útiles escolares, comprar el uniforme de clase y zapato escolar y para diciembre la cantidad adicional de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.70.000) depositadas en la cuenta de ahorro a nombre de la madre del beneficiario a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente decisión.
PARTICULAR SEGUNDO: El padre debe pagar el 50% de los gastos medico y medicina, exámenes de laboratorio, cirugía y hospitalización .....