Este Tribunal declara UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARIA ELENA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-6.496.629; respecto al De-Cujus JOSUE RAUL GONZALEZ CASTILLO, ex titular de la identidad N° V-5.573.096, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.