En este sentido, atendiendo el contenido de la notificación remitida a este Tribunal, por la representación Fiscal, en la cual se da cuenta que al término de la investigación realizada, en virtud de la denuncia interpuesta por la presunta comisión de un hecho punible de los descritos en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como acto conclusivo, fue decretado el ARCHIVO FISCAL del presente asunto, este Tribunal ordena registrar el presente auto en el Sistema Juris 2000 y los demás controles que lleva el Tribunal y remitir las notificaciones recibidas conjuntamente con el presente auto, al Despacho Fiscal a los fines de su cuidado.
De igual manera, en virtud de tal decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por disposición del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se decreta el Cese inmediato de toda medida de coerción persona.....