III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 26 de enero de 2006, por la ciudadana YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23 de enero de 2006.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, contra la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO TÁCHIRA, en la persona de su Representante Legal ciudadano Dennys Javier Castro Soteldo, ya identificados.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
CUARTO: No.....