En virtud de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: OTORGA la medida de LIBERTAD CONDICIONAL al penado: BOCARANDA ROA RAFAEL EDUARDO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V- 4.113.904, natural de Michelena Estado Táchira, nacido el 04-07-1957, soltero, de profesión obrero, residenciado en Michelena carrera 02 N° 8-70 sector el centro Estado Táchira, quien se encuentra gozando de un permiso de supervisión especial, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se establece el presente régimen por el lapso de: UN (01) AÑO Y ONCE (11) MESES TERCERO: Se impone al penado: BOCARANDA ROA RAFAEL EDUARDO, por el lapso de UN (01) AÑO Y ONCE (11) MESES .....