En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano WILLIAMS JAVIER PARRA RODRIGUEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 20-09-1992, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintero, hijo de William Parra y de Yusmari Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nro. V.-20.784.154, residenciado en el Sector el Brillante, cerro Guiriri, casa Nº 51, cerca del Tanque, parroquia Maiquetía, Estado Vargas, contra quien se le siguió juicio por la comisión de los delitos de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas.