este JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA intentada por el Ciudadano ANDRES GOMES ILES, extranjero, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° 1.090.364.392 contra la Empresa CREACIONES ROLANYE por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y como consecuencia de ello LA PERENCIÓN DEL PROCESO.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los siete (07) días del mes de mayo de dos mil ocho (2008). Publíquese la presente decisión.
La Jueza,
Abog. Liliana Duque Rosales