DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos ARCADIO ANTONIO RIVAS, ASCENCION RAMIREZ RAMIREZ y ANGEL CUSTODIO CALDERON RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente hábiles, de profesión Comerciantes, con domicilio en la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.391.483, V-1.545.723 y V-1.552.601, respectivamente en su orden, contra el ciudadano LUIS URIEL PEREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-13.468.430 y de este domicilio. En consecuencia:
ÚNICO: Se condena a entregar el inmueble, ubicado en la calle 3 con carrera 7, final Séptima Avenida, Barrio Guzmán, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.