Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: DECLARA DE OFICIO que operó la caducidad de la acción de nulidad conforme a lo dispuesto en el Artículo 170 del Código Civil. En consecuencia, declara inadmisible la demanda interpuesta por el ciudadano Nelson Jesús Entralgo Rey, en contra de las ciudadanas Ingrid Thamara Mora Peña, e Iris Madeleine Duque López, por nulidad absoluta de la venta materializada en la sentencia proferida el 27 de mayo de 2013 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, posteriormente protocolizada por ante el Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, en fecha 24 de enero de 2014, bajo el número 25, folio 93 del To.....