PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Solicitud de Cumplimiento de Obligación de Manutención, formulada por BELKIS YURAIMA AULAR MEDINA con cargo al obligado RONALD ENRIQUE PINZON JIMENEZ;
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano RONALD ENRIQUE PINZON JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15640237, pagar de inmediato la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA y OCHO BOLIVARES (Bs. 5.278,oo) por los conceptos demandados (mensualidades y gasto médico), mediante depósito en cuenta bancaria;
TERCERO: Se declara con lugar, la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención interpuesta por BELKIS YURAIMA AULAR MEDINA, y se AJUSTA a la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 650,oo) mensuales, o 8,55 unidades tributarias y 46,42 % del sueldo mínimo nacional, que será doble (Bs. 1.300,oo) en agosto y diciembre por las temporadas, pagadera a partir de julio 2011, mediante depósito bancario;