éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana ZAYDA YELENA QUIÑONES GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 5.578.489, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-CEB-123-2022, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.