´El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARÓ:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto en fecha 17 de abril de 2024, por el abogado Gillmer José Amaya Quiñónez, apoderado judicial del ciudadano Hjalmar Arnaldo García Urbina, contra el auto de fecha diez (10) de abril de 2024, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que negó oír el recurso de apelación ejercido contra la decisión proferida el 07/03/2024.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha diez (10) de abril de 2024, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
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