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Decisiones del dia 07/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Protección del Niño y del Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 47230 N° Sentencia : Fecha: 07/07/2008
Procedimiento:
Divorcio 185 - A
Partes:
CONTRERAS DÁVILA JOSE ELIBERTO Y CONTRERAS DE CONTRERAS NUBIA MARISOL
Resumen:
, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE en DIVORCIO la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos CONTRERAS DÁVILA JOSE ELIBERTO y CONTRERAS DE CONTRERAS NUBIA MARISOL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V.-5.051.405 y V-9.127.693, en su orden. En consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Jáuregui en el Estado Táchira, en fecha 14 de Febrero de 1988, según acta Nro.04. En cuanto a su hijo, se acuerda: PRIMERO: La Patria Potestad será ejercida por ambos progenitores. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza del Adolescente será ejercida por la Madre. TERCERO: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre tendrá un régimen amplio. CUARTO: En cuanto a la Obligación de Manutención del Adolesc.....
Juez/Ponente:
Milagros del Valle Rojas Araque
Organo:
Tribunal Quinto de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente : 47230 N° Sentencia : Fecha: 07/07/2008
Procedimiento:
Divorcio
Partes:
CONTRERAS DÁVILA JOSE ELIBERTO Y CONTRERAS DE CONTRERAS NUBIA MARISOL
Resumen:
En consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Jáuregui en el Estado Táchira, en fecha 14 de Febrero de 1988, según acta Nro.04. En cuanto a , se acuerda: PRIMERO: La Patria Potestad será ejercida por ambos progenitores. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza del Adolescente será ejercida por la Madre. TERCERO: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre tendrá un régimen amplio. CUARTO: En cuanto a la Obligación de Manutención del Adolescente el padre se compromete a entregar mensualmente la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (100 Bs.F), en razón de cubrir parcialmente lo que comprende la Manutención. Igualmente será por cuenta de ambos padres los gastos de vestimenta y de control y prevención de enfermedades del Adolescente. En cuanto a los bienes adquiridos durante la comunidad conyugal se acuerda: 1) Un inmueble constituido por una casa, construido en terreno municipal, ubicado en la comunidad de La F.....
Juez/Ponente:
Milagros del Valle Rojas Araque
Organo:
Tribunal Quinto de Protección del Niño y del Adolescente
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