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Decisiones del dia 07/07/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Jauregui, Antonio Romulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 870-2009 N° Sentencia : 446 Fecha: 07/07/2009
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):  ver
Procedimiento:
Cumplimiento De Obligacion Alimentaria
Partes:
GARCÍA DUQUE ROSA DEL CARMEN Y SIMÓN ALBERTO ROJAS CHACÓN
Resumen:
DECLARA: CON LUGAR la solicitud de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, formulada por la ciudadana: GARCÍA DUQUE ROSA DEL CARMEN, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-9.334.072, domiciliada en el Sector La Meseta camino vía crucis, casa S/N, Sector Agua días, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil, contra el ciudadano: SIMÓN ALBERTO ROJAS CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-10.172.771, domiciliado en La Meseta La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil, en beneficio de las niñas ya identificadas; en la que se acuerda: PRIMERO: Que el obligado ROJAS CHACÓN SIMÓN ALBERTO, debe cancelar la Obligación de MANIUTENCIÓN que tiene atrasada, correspondiente desde el mes de Octubre de 2008 hasta el mes de Marzo de 2009, es decir, cinco (05) mensualidades, a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) cada una, a excepción de la cuota extraordinaria de los meses de Septiembre y Diciembre a .....
Juez/Ponente:
Edixon Elberto Olano Jaimes
Organo:
Juzgado de los Municipios Jauregui, Antonio Romulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda
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N° Expediente : 644-2007 N° Sentencia : 445 Fecha: 07/07/2009
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):  ver
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
KAREN YUBETH RONDON DUQUE Y FRANCISCO JAVIER BULLON TAMI
Resumen:
PRIMERO: Se fija por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES, ( Bs. 300,oo) mensuales y como cuota extraordinaria para los meses de Septiembre y diciembre, se fija la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES ( Bs. 300,oo), debiendo ser consignada en dichos meses como Pensión Alimentaría el doble de la cantidad fijada, esto es, SEISCIENTOS BOLÍVARES ( Bs.600,oo). SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto se aperturara en el Banco de Fomento Regional los Andes de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira.-
Juez/Ponente:
Edixon Elberto Olano Jaimes
Organo:
Juzgado de los Municipios Jauregui, Antonio Romulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda
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