Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Sin Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares Vía Intimación intentó la ciudadana IGNA ZORAIDA MERCHAN VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, divorciada, Médico Neumonólogo y comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.996.931, con domicilio en San Cristóbal y hábil, asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO PABLO RAMIREZ JAIMES, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.667.740 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.50.865, contra el ciudadano JESUS MANUEL JAIMES RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.435.788, de este domicilio y hábil.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se Condena en costas.....