El tribunal se constituyó en el inmueble de marras, se notificó a la ocupante de la vivienda, se le instruyó acerca de la normativa legal que le permite hacerse asistir de algún abogado de su confianza, se esperó el lapso acordado y solicitó un lapso para desalojar voluntariamente el inmueble y así lo aceptó la parte demandante. Llegado el día final del plazo solicitado la ocupante entregó el inmueble libre de personas y cosas, colocando en posesión a la demandante como lo ordenó el comitente, quedando ejecutoriada la sentencia. Se cumplieron las actuaciones inherentes al Juzgado ejecutor.