En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Improcedente el amparo cautelar solicitado por los abogados LUÍS ALBERTO GUERRA RONDÓN y FRANCY COROMOTO BECERRA CHACÓN, actuando como apoderados judiciales del ciudadano CARLOS JULIO FUENTES ROJAS contra la Resolución N° 218 del 4 de marzo de 2013, emanada de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, el cual declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido en contra de la Resolución N° DDUL/R/003-12 emanada de la Dirección de Desarrollo Urbano Local de pre nombrada Alcaldía en el cual se negó la constancia de construcción por incumplimiento de las variables urbanas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia en el índice copiador de sentencias inte.....