PRIMERO: Se condena a la parte demandada, ciudadano MIGUEL ÁNGEL GAMBOA GELVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-9.464.326, la cantidad de CATORCE MIL CIEN BOLÍVARES EXACTOS (Bs.14.100,00), todo por concepto de honorarios profesionales a la parte intimante el profesional del Derecho GOLMER JOSÉ VIVAS LINDARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.504.351, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 67.009.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de procedimiento.