Es evidente que los padres tienen el deber de cumplir con la sagrada obligación de dar alimento, educación, vestuario, asistencia médica y medicinas, recreación y cultura, así mismo y por cuanto la madre de la niña solicitó para su hijo se fije la obligación de manutención, en la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00) mensuales, el 50% de los gastos de fin de año o en su defecto que se fijara una cuota extraordinaria que sea suficiente considerando la edad de la beneficiaria , cubrir el 50% de los gastos médicos y medicinas