Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado la Guaira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia de carácter vinculante 1 070 de fecha nueve (09) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos ZAYDA YANELY FUENTES MARTINEZ y HENRRY DANIEL MATA AMAIZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.611.444 y V-12.215.739, respectivamente, celebrado la Primera Autoridad Civil del Municipio Valdez, Capital Guiria, del estado Sucre, Acta N° 21, tomo 01, folios 76, 77 y 78 de fecha once (11) de.....