´De acuerdo a las consideraciones expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por MUTUO CONSENTIMIENTO, con fundamento en Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 693, de fecha 02 de junio de 2015, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos SANDRA ISABEL RAMIREZ DE RICO Y MIGUEL ANTONIO RICO MARIN, Venezolanos, titulares de las cédula de Identidad N° V V-15.502.111 y V-15.567.593 respectivamente, mayores de edad, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Táriba del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 151 de fecha 08 de agosto de.....