CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016, en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos: WILBERT GIOVANY CACERES CARMONA y ERIKA DE LOS ANGELES FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.460.487 y V- 13.044.751, respectivamente, contraído por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado La Guaira, según se evidencia en el Acta N° 177, Folio 177, de los libros de actas de matrimonio llevados por ese despacho, correspondiente al año 1993. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.