PARTICULAR PRIMERO: Con lugar, la solicitud de Obligación de Manutención; incoada por la ciudadana MAGDALENA FELIMAR RANGEL , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.974.369, en contra del ciudadano ERICK ROBERT ANSELMI VELASCO , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.996.486 ,se fija la Obligación de Manutención para su tres (3) hijos según actas de nacimiento Nros 313, 66, 64, de 6 Y 3 años y el ultimo de 9 meses de edad en la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 500.000 ,oo), los cuales deben ser depositados los cinco (5) primeros días cada mes en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario.
SEGUNDO: Para el mes de agosto el padre debe comprarle los uniformes de clase y la mama compra los zapatos escolares y uniformes de deporte, los útiles escolares el padre los compra. Caso contrario debe depositar la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.900.000,oo).
TERCERO: Para el .....