DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
ÚNICO: Se Niega la Medida Cautelar Innominada de Desalojo del Inmueble, solicitada por la ciudadana Elva Merle Panza De Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.554.047, de este domicilio, estado Táchira, representada por los Abogados Arturo Carrero Salazar, Doris Victoria Niño Casanova y Albany De La Consolación Gámez Alvarado, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 111.234, 28.422 y 241.800 respectivamente, según Poder Especial protocolizado por ante la Notaría Pública Tercera de San Cristóbal estado Táchira que riela al folio 184 y al vlto del cuaderno principal, mediante el cual solicita que sea decretada la medida cautelar innominada de Desalojo del Inmueble sobre la Finca "La Morita" con una extensi.....